/getHTML/media/1237526
¿Sacaron del cargo a fiscal Peralta? | La Voz del 21
/getHTML/media/1237508
Hugo de Zela sobre viaje a EE.UU.: "Se intentó explicar al Congreso, pero Dina no quiso"
/getHTML/media/1237506
Abraham Levy: "Hay mucho desinterés sobre los incendios forestales"
/getHTML/media/1237486
Benji Espinoza abogado de Fiscal Elizabeth Peralta: "Nos allanamos a lo que decida la Fiscalía"
/getHTML/media/1237484
Darío Sztajnszrajber, filósofo: "Aprendamos a vivir el amor también con sus sombras"
/getHTML/media/1237374
Abogado de 'Culebra': " Santiváñez quiere pasar al retiro al capitán Izquierdo"
/getHTML/media/1237194
Congreso niega viaje a Dina por incendios | La Voz del 21
/getHTML/media/1237192
Luis Vargas Valdivia sobre 'Chibolín': "Fiscalía podría evaluar organización criminal"
/getHTML/media/1237191
Marco Antonio La Rosa: "Necesitamos una declaratoria de emergencia por incendios"
/getHTML/media/1237190
Igor Mostovenko, modelo: "No le diría nada a Putin porque está enfermo" en La del Estribo
/getHTML/media/1237030
Diego Barragán y el éxito de la estrategia de Qroma en Marcas y Mercados
/getHTML/media/1237029
Cecilia Valenzuela sobre Summum: "La gastronomía peruana es la mejor expresión de nuestro mestizaje"
/getHTML/media/1237023
Fiscalía levantará las comunicaciones de 'Chibolín'
/getHTML/media/1237021
Carlos Basombrío: "No hay liderazgo en el Ministerio del Interior"
/getHTML/media/1237011
José Carlos Nieto de Sernanp sobre incendios forestales: "El oso de anteojos es una de las especies en peligro"
/getHTML/media/1236987
Carlos Neuhaus, presidente del PPC: "Hay que fomentar que los partidos se junten"
/getHTML/media/1236984
Tefi Valenzuela: ‘’Debes saber satisfacerte sin necesidad de un hombre’’
/getHTML/media/1236566
¿Le anularán el caso Rolex a Dina Boluarte?
/getHTML/media/1236567
Yván Montoya analiza el hábeas corpus de Dina Boluarte
/getHTML/media/1236524
¿Qué opinan los peruanos de Alberto Fujimori? en Ciudadanos y Consumidores
/getHTML/media/1236426
César Campos: ¿Fuerza Popular será lo mismo sin Alberto Fujimori?
/getHTML/media/1235910
Andy Carrión sobre 'Chibolín': ¿De dónde viene la fortuna de Andrés Hurtado?
/getHTML/media/1235889
Jeremías Gamboa y la conquista de Lima en Ciudad de Cuentos
PUBLICIDAD

¿Qué es un ‘pack’ y por qué es un delito su difusión?

¿Qué es packs en redes sociales? | El artículo 154 del Código Penal sanciona el delito de violación a la intimidad y prevé tres supuestos.

Imagen
Fotos y videos íntimos de contenido sexual no se compartirán en Facebook.
Imagen
Son los niños, adolescentes y jóvenes quienes están más expuestos a estos delitos debido a su vulnerabilidad. (Getty)
Imagen
(GETTY)
Fecha Actualización
Ten cuidado cuando te hablan de 'pasarte el pack'. Hoy en día son cada vez más peligrosas las redes sociales y prueba de ello es la indiscriminada difusión de los famosos 'packs'. Según la reconocida lingüista Martha Hildebrandt, este término sirve para referirse, en el lenguaje juvenil informático, al conjunto de fotos o videos íntimos de una persona.
¿Por qué es un delito la difusión de este contenido? Al no contar con la autorización del protagonista o protagonistas del material, difundirlo implica una violación a la intimidad.
El artículo 154 del Código Penal sanciona el delito de violación a la intimidad y prevé tres supuestos.
• El primero, con pena efectiva de dos días (pena mínima de todos los delitos) a dos años, castiga a la persona que, usando cualquier instrumento, observa, escucha o registra una imagen o hecho que afecta la intimidad de otro. • El segundo supuesto es un agravante, es decir, tiene una pena más alta (de uno a tres años) porque la persona ya no sólo observa, sino revela la intimidad. Es decir, muestra el hecho íntimo a terceros. • Y el tercer supuesto es un segundo agravante, con una pena de dos a cuatro años, ya que implica que la persona no sólo observó y reveló, sino que lo hizo además a través de un medio de comunicación.
Imagen
Cuando se trata de imágenes íntimas (fotográficas o de video) en archivos digitales –como es el caso-, el artículo 157 del Código Penal sanciona además su uso indebido con pena de uno a cuatro años.
Imagen
VACÍO
El tercer supuesto del artículo 154 señala que cuando la violación a la intimidad se hace a través de un medio de comunicación social se sanciona con cárcel hasta de cuatro años. La pregunta es si las redes sociales encajan en este concepto.
Este artículo estuvo inicialmente pensado para televisión, radio o periódico, pero no comprendía medios digitales como Facebook, WhatsApp, Twitter u otras redes sociales. La legislación peruana no ha delimitado a qué se refiere con el término "medio de comunicación social".
Este vacío, sin embargo, no impide que la sanción pueda castigarse bajo el segundo supuesto, es decir, cuando la persona revela a otros un hecho íntimo, lo que está penado con hasta tres años.
La cuestión en este caso es probar quién filtró o publicó el video. Al tratarse de un archivo digital difundido a través de redes sociales, la cosa se complica, pues el sistema judicial nacional no cuenta con las herramientas necesarias para combatir delitos informáticos.
TODO CON CONSENTIMIENTO
Los videos o fotos íntimas, en caso hayan sido realizados con consentimiento de todos los participantes, no podrán ser difundidos unilateralmente.
'SEXTING' EN LOS TIEMPOS DE CÓLERA
El 'sexting', envío de mensajes sexuales (eróticos o pornográficos) por medio de teléfonos móviles, es muchas veces el causante principal de la difusión de 'packs'.
Las parejas o compañeros sexuales no toman las precauciones necesarias del caso y terminan pagando las consecuencias.
Incluso la violación a la intimidad no se da exclusivamente por cibervenganza, sino que, muchas veces, smartphones son robados por inescrupulosos criminales, quienes no escatiman en extorsionar a sus víctimas.
MANUAL DE USO NO OFICIAL DEL SEXTING
Para evitar caer en la difusión de su ‘pack’, puede seguir la siguientes recomendaciones: •JAMÁS MUESTRES TU ROSTRO •NO PONGAS EN EVIDENCIA TATUAJES O RASGOS RECONOCIBLES •BORRA TODA LA EVIDENCIA