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Usuario de bancos: ojo a sus nuevos derechos

La SBS reglamentó la Ley de Transparencia del Sistema Financiero.

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Fecha Actualización
Alicce Cabanillas,Mis.Finanzasacabanillas@peru21.com

Cuatro meses después de su promulgación, finalmente la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió ayer el reglamento de la nueva Ley de Transparencia del Sistema Financiero (Ley Nº 29888).

El objetivo de la norma es facilitar el acceso a información sobre el real costo de los productos y servicios financieros, así como evitar cambios en las tasas de interés sin el consentimiento del usuario.

La Resolución SBS Nº 8181-2012, publicada en El Peruano, precisa además qué comisiones son indebidas y qué cláusulas de los contratos deben ser consideradas abusivas.

A continuación, algunos aspectos relevantes de esta normativa:

1. Exija el costo real. Desde el 1 de enero de 2013, las entidades deben informar la Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA) de sus créditos y la Tasa de Rendimiento Efectivo Anual (TREA) de sus depósitos y cuentas de ahorro.

2. Son cobros indebidos: la evaluación del usuario, el mantenimiento de la tarjeta (cuando es de un depósito), el resguardo del depósito, la renovación por vencimiento de la tarjeta, la activación de una cuenta, la administración de garantías, entre otros.

3. Elija el seguro. Cuando sea una condición para un producto, los clientes podrán optar entre contratar una póliza ofrecida por la empresa o acudir a un corredor para contratar con otra compañía.

4. Derecho al pago anticipado. El banco no podrá limitar ni cobrar cargos por este ejercicio y deben consultar al consumidor si desea reducir el monto de la cuota mensual o el número de cuotas.

5. Son cláusulas abusivas las que facultan a la entidad a cambiar la tasa de interés moratorio o la que la excluye de responsabilidad por sus omisiones.